La cita para mi tribunal médico en Madrid me llegó por SMS con una semana de antelación, citándome en López de Hoyos,169 el 10 de Octubre. Como dato de interés comentaros que hice los 18 meses de baja médica el 24 de Octubre y el INSS me abrió expediente de oficio el 2 de Septiembre aunque no me mandaron el SMS con esa información hasta el 5 de Septiembre, en ese SMS me solicitaban rellenar el formulario de incapacidad permanente y mandarlo en el plazo máximo de 10 días. Te dan la opción de esperar a recibirlo por correo postal pero no es recomendable porque dicha carta llegó días después de haber pasado el Tribunal Médico. Respecto a la cita con el Tribunal, me mandaron un recordatorio de dicha cita tres días antes de la misma. En el SMS me solicitaba que enviara por correo electrónico todos los informes médicos recientes que tuviera (recordad que durante el primer año de baja en las visitas periódicas a la mutua es esta quien se encarga de mandar mensualmente al INSS los informes médicos que les presentamos). Recordad que a pesar de haber mandado los informes médicos al email que nos indica el INSS en el SMS de la cita con el Tribuanl médico es muy importante llevar copia de los mismos para poder entregárselos al inspector del INSS que os evalúe.
El acceso al recinto y la espera
Al llegar a López de Hoyos, te encuentras con unos guardias de seguridad en la puerta que tienen una lista con los nombres de los pacientes citados y te piden que enseñes el DNI para confirmar que estás en dicha lista. En segundo lugar, tienes que pasar por un detector de metales, algo que me llamó la atención. Esto ya te da una pista de que en ese lugar puede haber momentos de gran tensión; no es difícil imaginar que más de uno habrá llegado con ganas de discutir si la resolución o comentarios del inspector médico no son de su agrado. De hecho en las salas de espera hay varios guardias de seguridad paseando todo el rato por allí. Conozco algunos casos de personas que han vivido esto, sobre todo en foros como Rankia, por si tienes curiosidad por echarles un vistazo.
Puedes ir acompañado a la cita pero solo hasta la sala de espera, al despacho médico solo puede entrar la persona evaluada puede entrar. Al acompañante le dan un pase nada más entrar en el edificio para que esté debidamente identificado. Respecto al recinto, son dos grandes salas y cuando sacas el ticket en una máquina con tu DNI nada más pasar el detector de metales te señala la sala a la que tienes que acudir. En mi caso fue la sala 2 con las consultas de la 33 a la 54. Yo tenía cita programada para las 10 de la mañana, aunque llegué unos 45 minutos antes. Aun así, me llamaron al despacho casi una hora después de la hora prevista, alrededor de las 11h.
La entrevista con el médico
Una vez dentro del despacho, el médico me hizo preguntas sobre mi vida diaria y sobre mis patologías: resumen de mi último año y medio de baja (patologías, pruebas médicas, tratamientos…) si vivía sola o acompañada, si necesitaba ayuda para realizar las tareas domésticas o para moverme, mi edad, en qué trabajaba, etc . Sin embargo, aunque el trato fue cordial en todo momento por parte de la doctora la entrevista me pareció muy orientada a convencerme de que lo mejor para mí sería reincorporarme al trabajo lo antes posible. En ningún caso me preguntó si los tratamientos que me estaba realizando me estaban ayudando y me hizo varios comentarios del tipo, «en un trabajo sedentario como el tuyo es muy complicado que otorguen incapacidad» ,“tienes mucha ansiedad porque estás muy focalizada en tu dolor y si estuvieses trabajando estarías distraída “, ”¿sabes que ahora no estás cotizando a la seguridad social?”, y «con el mes que tardamos en resolver cada expediente más los dos meses de vacaciones que tendrás en tu empresa, fíjate cuánto tiempo para recuperarte…». Por lo tanto, no os podéis fiar ni de una mala cara ni de una buena sonrisa, ellos están para seguir su guión al pie de la letra y no tanto para empatizar con las patologías de los pacientes ni con su proceso de recuperación. Tristemente, por lo que he leído en foros como el de Rankia mencionado anteriormente y lo que me han ido contando conocidos la mayoría de las incapacidades son denegadas y para ellos lo más importante es que te incorpores a tu trabajo lo antes posible en caso de no estar en paro.
La resolución y los siguientes pasos
Después de la entrevista, me informaron que recibiría la resolución en unos 30 días más o menos. Sé que en otras comunidades autónomas, unos días después de la cita puedes consultar el Informe Médico de Síntesis una vez has pasado el Tribunal médico lo cual te da bastantes pistas sobre la resolución final que realizará el INSS, pero en Madrid y Andalucía no es así. En estas comunidades, dicho informe en los últimos meses ya solo lo puedes solicitar cuando se ha resuelto el expediente por parte del INSS, no antes. Por aclararte un poco este tema, el Informe Médico de Síntesis es un documento elaborado por los facultativos del INSS que resume las condiciones médicas de la persona solicitante de la prestación por incapacidad permanente. En él se detallan las limitaciones físicas y funcionales relevantes que podrían impedir a una persona continuar con su actividad laboral habitual. Este informe se considera una pieza clave en el proceso de evaluación llevado a cabo por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI). Este equipo se basa en esta y otras evidencias para determinar si procede o no la concesión de la prestación.
Tanto si te deniegan la incapacidad permanente como si esta es resuelta favorablemente, recibirás un SMS notificando que la resolución está disponible y podrás consultarla usando tu certificado o DNI electrónico . Si no dispones de DNI o certificado electrónico, también puedes esperar a recibir la carta por correo postal, aunque esto puede tardar unos días más y si la demora es de días te recomiendo que te pongas en contacto con la empresa ya que el INSS suele mandar el alta a la empresa y a la mutua en primer lugar y así te evitas sorpresas. Una vez recibas la notificación, en el caso de haber sido denegada tu incapacidad tendrás que reincorporarte al trabajo al día siguiente a tu trabajo.
¿Y si no estás de acuerdo con la resolución?
Si no estás conforme con la resolución, tienes la opción de reclamar, aunque es recomendable hacerlo con la ayuda de un abogado. Tienes 30 días desde la fecha en que te notifican la resolución para presentar una reclamación.
¿Qué alternativas tengo si no me siento capaz de trabajar?
Independientemente de si vas a reclamar o no la resolución del INSS, y en caso de no encontrarte en condiciones de trabajar, te recomiendo que hables con tu empresa en el caso de que no te hayan liquidado las vacaciones a los 18 meses de baja. Seguramente no te pongan ningún problema en que puedas disfrutar de las vacaciones pendientes de años anteriores. Respecto a dichas vacaciones, siempre ten en cuenta que podrás disfrutar de las mismas siempre y cuando no hayan transcurrido más de 18 meses a partir del final del año en que se hayan generado (Artículo 38, Estatuto de los Trabajadores). En el caso de que la empresa te haya liquidado las vacaciones a los 18 meses, puedes optar por hablar con tu médico de cabecera y solicitarle una nueva baja médica que no tenga relación alguna con la patología de la cual has estado recientemente de baja. Eso sí, esta nueva baja médica tiene que ser aprobada si o si por el INSS. Otra alternativa es solicitar una baja por recaída de la cual te hablo a continuación.
Baja por recaída
Se considera que existe recaída cuando se produce una nueva baja médica por la misma o similar patología dentro de los 180 días naturales siguientes a la fecha de efectos del alta médica anterior. Hablamos, por tanto, de un mismo proceso de incapacidad temporal, no de uno nuevo. En resumen, la primera baja y la recaída se acumulan y dan lugar a un único período de baja médica. De nuevo el INSS tiene la última palabra sobre esta baja y podrá decidir si será de pago o no.
MI RECOMENDACIÓN
No merece la pena entrar en debate con el médico del tribunal médico. En la mayoría de los casos han tomado la decisión respecto a tu expediente antes de verte en la entrevista. Si consideras que no estás lista para volver al trabajo y que eres apta para recibir una incapacidad permanente, mi consejo es que contactes con un abogado experto en incapacidades laborales para presentar reclamación. ¡Y recuerda que dispones de 30 días para presentarla!
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